En 2024, la normativa que regula el autoconsumo fotovoltaico es el Real Decreto 244/2019 (RD 244/2019), que complementa el Real Decreto 15/2018. Este decreto tiene como objetivo impulsar la producción de energía renovable por parte de los consumidores.
¿Qué es el Real Decreto 244/2019?
Es la ley que regula las condiciones para instalar placas solares y consumir la energía que producen. Esta ley complementa el Real Decreto 15/2018, que busca impulsar la transición energética en España.
Esta ley cuenta con una serie de cambios que benefician la instalación de placas solares:
- Ahorro en la factura de la luz: puedes consumir la energía que produces y reducir tu dependencia de la red eléctrica.
- Independencia energética: reduces tu huella de carbono y contribuyes a un futuro más sostenible.
- Sin impuestos: La energía producida por tu instalación está libre de impuestos.
- Autoconsumo colectivo: puedes unirte a otros vecinos o empresas para compartir una misma instalación.
- Trámites simplificados: se han simplificado los trámites administrativos para instalar placas solares.
- Sin límite de potencia: si no utilizas la red de distribución puedes instalar la potencia que necesites, sin restricciones.
- Alquiler de tejados: puedes alquilar tu tejado a terceros para que instalen placas solares y produzcan energía.
Tipos de autoconsumo contemplados en el RD 244/2019
El Real Decreto 244/2019 contempla dos tipos principales de autoconsumo: Autoconsumo sin excedentes y con excedentes. La principal diferencia radica en qué se hace con la energía generada que no se ha consumido.
1. Autoconsumo sin excedentes
La energía producida por la instalación se consume directamente en el mismo punto de suministro, no se inyecta energía a la red de distribución eléctrica y tampoco cuenta con compensación por excedentes. Esta es la modalidad más sencilla y económica.
2. Autoconsumo con excedentes
La energía producida por la instalación se consume en el mismo punto de suministro, pero también se puede inyectar a la red eléctrica cuando existen excedentes (sobrante de energía producida y no consumida). En dicho caso se recibe una compensación por dicha energía que se ha inyectado a la red eléctrica.
Existen dos modalidades de compensación:
- Compensación simplificada: Se realiza a través de un descuento en la factura de la luz. Para pertenecer a esta modalidad, es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- La fuente de energía tiene que ser renovable, como es el caso de las placas solares.
- La potencia de la instalación (o instalaciones asociadas) no debe ser mayor de 100 kW.
- El consumidor debe estar adherido a un solo contrato de suministro para el consumo con una comercializadora.
- El consumidor y el productor han firmado un contrato de compensación de excedentes.
- El consumidor no puede obtener beneficio económico, ya que no es una actividad retributiva. Esto quiere decir que únicamente se puede compensar la energía no consumida y el resultado de la factura nunca será negativo.
- Compensación económica: Se recibe un pago por la energía excedentaria inyectada a la red.
¿Es posible el autoconsumo colectivo con el RD 244/2019?
Además de estas dos modalidades principales, el RD 244/2019 también contempla el autoconsumo colectivo que permite a varios consumidores compartir una misma instalación de autoconsumo.
Se puede realizar tanto con como sin excedentes, es una buena opción para comunidades de vecinos, polígonos industriales, etc. El autoconsumo compartido te permite ahorrar en tú factura de la luz y apostar por la energía renovable junto a tus vecinos, comunidad de propietarios o polígono industrial.
Las instalaciones de autoconsumo compartido se pueden conectar de dos modos:
- Instalaciones próximas en red interior: por ejemplo, en una comunidad de propietarios.
- Instalaciones próximas a través de red: por ejemplo, dos empresas cercanas en edificios diferentes.
Permisos y licencias necesarios para instalar placas solares
La tramitación administrativa para instalar módulos fotovoltaicos se ha simplificado considerablemente gracias a esta ley, facilitando el acceso de esta tecnología. Este proceso, que normalmente es llevado a cabo por empresas especializadas como Bee Green, ahora requiere de menos pasos y permisos.
Sin embargo, como consumidor, es importante conocer los pasos básicos y las licencias necesarias para la instalación. De esta manera, podrás asegurarte de que el proceso se realiza correctamente y que tu instalación cumple con la normativa vigente:
Diseño del sistema de instalación
Toda instalación superior a 10 kW, requiere un proyecto o memoria técnica redactada por un ingeniero o arquitecto técnico. En dicho documento se incluirá información sobre la potencia de la instalación, la ubicación de los paneles, la inclinación y orientación, etc.
Permisos de acceso y conexión a la red
Es necesario solicitar un permiso de acceso y conexión a la distribuidora eléctrica local llamado CAU (Código de Autoconsumo) siempre y cuando:
- La potencia nominal de la instalación fotovoltaica supere los 15kW
- La clasificación del suelo sea rústico en lugar de urbano.
Será la distribuidora quien estudie la solicitud (tras el abono del coste del estudio) y emitirá un informe con las condiciones técnicas para dicha conexión conformado por el número CUPS el código A y tres números.
Licencia de obra e impuestos
Si la instalación implica modificaciones en la estructura del edificio, se necesita una licencia de obra. También hay que pagar impuestos locales, como el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), en el caso de que procediera.
Autorizaciones ambientales
En algunos casos, puede ser necesaria una autorización ambiental, por lo que debe consultarse en cada comunidad autónoma si existe alguna restricción o trámite específico. Esta autorización es necesaria en casos de que la instalación se encuentre en un área protegida.
Autorización administrativa previa y de construcción
Las instalaciones con potencias inferiores a 100 kW y en Baja Tensión están exentas. El resto de instalaciones deben consultar en su comunidad autónoma si es necesario realizar algún trámite específico.
Certificado de fin de obra
Una vez finalizada la instalación, es necesario obtener un certificado de fin de obra expedido por un técnico competente.
Inspección inicial e inspecciones periódicas
Las instalaciones de autoconsumo necesitarán OCA siempre y cuando se requiera este trámite para el tipo de actividad en la cual se conecta la instalación de generación fotovoltaica.
No obstante, esto dependerá de la comunidad autónoma correspondiente.
Licencia de actividad
Este paso únicamente aplica a las instalaciones de autoconsumo con excedentes no acogidas a compensación, ya que pueden vender energía al mercado eléctrico. En estos proyectos, es necesario consultar con el ayuntamiento.
Registro de la instalación
La instalación debe registrarse en el órgano competente de la comunidad autónoma, en el caso de Canarias, se puede hacer desde la plataforma web.
Conoce toda la normativa relacionada con la instalación de placas solares con Bee Green
Es importante destacar que la normativa sobre autoconsumo compartido puede variar según la comunidad autónoma y el municipio. Para obtener información específica sobre los permisos y licencias necesarios, te recomendamos consultar con el ayuntamiento o la consejería de industria de tu región.
Aunque si, por el contrario, prefieres “librarte” de todo el papeleo y las gestiones administrativas, Bee Green puede encargarse de todo.
Nosotros nos encargaremos de la tramitación de permisos, la instalación de las placas solares y la gestión de la energía. Tú solo tendrás que disfrutar de los beneficios de unirte a la sostenibilidad.
Estamos especializados en la instalación de placas solares en Gran Canaria, Fuerteventura, La Palma, La Gomera, Lanzarote, Tenerife y El Hierro.